Leyes

El Contrato de Sostenimiento

 

En 1996, el gobierno creó otro obstáculo para los inmigrantes con el nuevo contrato de sostenimiento.  Por medio de este documento, el aval del inmigrante promete al gobierno que (1) posee cierto nivel de ingresos, y que (2) sostendrá al inmigrante en caso de que el inmigrante se convierta en una “carga publica”.

La preparación del contrato de sostenimiento requiere una botella de aspirinas.  El problema más común es la cantidad de ingresos.  Dicha cantidad varía con el numero de familiares dependientes que el aval declare en su declaración de ingresos. Si el aval no gana lo suficiente, o no declaró todos los ingresos, o sobre-declaró el numero de familiares dependientes, entonces el inmigrante tendrá que obtener la ayuda de otro aval para suplementar al                                  Lic. José Pineda                               primero.  Esta persona firmará otro contrato de sostenimiento.

Otro problema común es con las copias de las declaraciones de impuestos.  El contrato de sostenimiento tiene que ser acompañado por las tres ultimas declaraciones de impuestos del aval.  Este requisito es problemático si el patrocinador falló de someter una declaración, ó mintió en las declaraciones.  Los oficiales del gobierno revisan las declaraciones cuidadosamente y rechazan los contratos por cualquier error.  Cada rechaza demorará el caso del inmigrante.

Además de comprobar los ingresos, el patrocinador promete sostener al inmigrante sin ayuda del gobierno en el futuro.  Esta promesa dura hasta que el inmigrante (1) obtenga la ciudadanía, (2) trabaje mas de 10 años, ó (3) fallezca.  Si el inmigrante se convierte en una “carga publica”, óseas, depende 100% en asistencia publica para sobrevivir, el gobierno puede demandar al aval.  (El inmigrante también corre el peligro de ser deportado.)  Finalmente, el aval está obligado a notificar al gobierno de cada cambio de dirección.

Como pueden ver, el contrato de sostenimiento es un documento muy delicado con grandes consecuencias legales.  Léalo y entiéndalo completamente antes de firmar.  Si tienes dudas, por favor consulte con un abogado.  Recuérdese que es más barato prevenir un problema que curarlo.

Aviso:  La información contenida en este articulo es de carácter consultivo y no es consejo legal.  El Lic. José A. Pineda ha estado manejando exclusivamente casos de inmigración desde el 1996, con oficinas en Dallas, TX.  Su número de teléfono es el 214-630-0080. También lo puedes seguir en Facebook.com/pinedalawfirm.